Seguros Obligatorios
ÁMBITO EMPRESARIAL

Accidentes de convenio
El seguro de accidentes de convenio tiene carácter obligatorio para todas las empresas con trabajadores sujetas a convenio laboral. Tiene por finalidad indemnizar a los trabajadores por la muerte o invalidez derivada de un accidente laboral. Las garantías, límite de indemnización y ámbito de cobertura.
En caso de no disponer de este seguro el responsable deberá hacerse cargo de las indemnizaciones que den lugar.
Responsabilidad civil
El seguro de responsabilidad tiene por objeto cubrir los distintos riesgos que se asumen por el ejercicio de la actividad y que pueden ocasionar un daño a un tercero cuyo patrimonio personal resulte perjudicado.
El seguro responderá de los daños causados a un tercero conforme a los límites contratados.
En caso de no disponer de él se responderá con los propios bienes.
Hoy día en la mayoría de las relaciones empresariales a la firma de contratos de servicios se exige disponer de estas coberturas.


Multirriesgo
El seguro multirriesgo para comercios, oficinas, pymes o industriales está destinado a cubrir los distintos riesgos que pueden producirse en un negocio. Entre ellos podemos destacar los fenómenos atmosféricos, daños por agua, el robo y el incendio. ¿Qué ocurre si nuestro negocio se ve paralizado por un siniestro? Lo que ocurre es que además de tener que resarcir los daños causados, habrá un periodo mientras dure la reparación que no se podrá reanudar la actividad empresarial y el empresario se verá gravemente perjudicado. De esta forma entre las distintas garantías no obligatorias que se pueden contratar en este tipo de pólizas está la indemnización por la paralización de la actividad que tiene por finalidad compensar al empresario de las pérdidas de ingresos ocasionados por el siniestro.
